Los ciudadanos extranjeros tienen la posibilidad de canjear carnet de conducir extranjero en DGT (Dirección General de Tráfico) siempre que se cumplan todos los requisitos.
Los residentes legales en España pueden circular con el carnet de su país de origen pero por tiempo limitado por lo que es obligatorio canjear carnet de conducir.
El carnet de conducir extranjero puede ser canjeado o cambiado por uno español cuando exista convenio con el país de origen y si se inicia el procedimiento, no es automático.
El permiso de conducir no puede ser canjeado si ha sido obtenido con anterioridad a la firma del convenio, en tal caso no se podría canjear carnet de conducir.
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¿Cuáles son los países con convenio para canjear carnet de conducir?
La solicitud para homologar el permiso de conducir únicamente puede realizarse si el ciudadano gestiono su carnet en uno de los siguientes países:
- Suiza, con fecha de entrada en vigor el 22 de julio de 1998.
- Andorra.
- Corea.
- Japón.
- Argentina desde el 31 de julio de 2002 y sólo para permisos C, C+E y D.
- Colombia desde el 31 de julio de 2003.
- Ecuador desde el 26 de noviembre de 2003.
- Uruguay.
- Perú.
- Marruecos.
- Chile.
- Argelia
- República dominicana.
- Paraguay.
- Bolivia.
- Filipinas.
- Guatemala.
- Brasil.
- Serbia.
- El Salvador.
- Turquía.
- Ucrania.
- Túnez.
- Macedonia del norte.
- Nicaragua.
- Mónaco.
- Panamá.
- Costa Rica.
- Reino Unido e Irlanda del Norte.
- Nueva Zelanda.
Documentos para canjear carnet de conducir.
Cuando el ciudadano extranjero obtiene la residencia legal en España dispone del plazo de tres meses para canjear carnet de conducir con posibilidad de prórroga.
Los documentos que hay que aportar el día de la cita son los siguientes:
- Documento identificativo, pudiendo ser el original del NIE, DNI o pasaporte en vigor.
- Certificado médico que informe de manera favorable de las condiciones psicofísicas del solicitante.
- Permiso de conducir original y en vigor.
- Foto reciente de 32×26 mm.
- Pago de la tasa de tráfico.
¿Dónde puedo solicitar cita canje carnet de conducir?
Esta es una de las preguntas que más recibimos ya que genera cierta confusión con respecto a la solicitud de asilo.
Al contrario de lo que ocurre con el asilo, en la solicitud de canje carnet de conducir no es necesario realizarlo en el lugar donde se encuentre empadronado.
La solicitud de canje de carnet de conducir puede realizarse en la oficina que el ciudadano extranjero designe a su conveniencia.
Por lo general, la elección de la oficina en la que iniciar el canje carnet de conducir dependerá de la proximidad del domicilio y será el lugar donde se solicitará la cita previa.
¿Cuáles son los permisos válidos para conducir en España?
Los permisos válidos para circular en nuestro país no solamente los expedidos en España por la Dirección General de Tráfico, sino que también encontramos los siguientes:
- Los permisos de los ciudadanos cuyo país de origen se incluyen dentro de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega).
- Los permisos expedidos en terceros países que cumplan con el requisito del artículo 21 del Reglamento General de Conductores, es decir, que se encuentre en vigor, edad requerida en España y que no haya transcurrido el plazo de 6 meses desde la adquisición de residencia legal.
¿Pueden multarme si conduzco con un carnet extranjero?
El carnet extranjero es una licencia de conducir que ha sido emitida por el país de origen del ciudadano extranjero en la mayoría de los casos.
El extranjero tiene que conocer que el plazo para poder usar esta licencia en España es limitado por lo que tendrá que homologarlo sino quiere ser multado.
Las multas por conducir con carnet extranjero puede variar dependiendo de la gravedad de la infracción pudiendo oscilar entre los 200.-€ y los 500.-€.
Si necesita canjear el carnet de conducir no dude en ponerse en contacto con nosotros a través de los diversos medios de comunicación de los que existen.