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Patinetes eléctricos ¿te pueden multar? Revisado 2021

Patinetes eléctricos | REMULSA

Los patinetes eléctricos son uno de los medios de trasportes más utilizados sobre todo en personas jóvenes, aunque no son los únicos.

Debido al aumento de estos vehículos, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado una serie de instrucciones que nos aclaran algunas dudas.

Según esta instrucción, los vehículos de movilidad personal (VMP) no necesitan autorización para circular ni tampoco seguro obligatorio.

Contenidos

¿Qué vehículos de movilidad personal están permitidos?

Patinetes eléctricos sin sillín : los patinetes eléctricos sin sillín, los que no lo tienen, suelen ser los más deseados por los niños y adolescentes, dada la mayor ligereza con la que están dotados.

Su forma es de tabla alargada sobre dos ruedas en línea y una barra de dirección . Velocidad máxima 25 km/h

Monociclo eléctrico: El monociclo o uniciclo eléctrico es un medio de transporte que consta de una única rueda y su reducido volumen te permite moverte fácilmente por la ciudad.

Los monociclos eléctricos solo pesan entre 10 – 14 kilos y tienen una velocidad máxima de 20 km/H.

Hoverboard: Una tabla de dos ruedas autoequilibradas, aeropatín o tabla flotante.  

Es un vehículo de batería recargable portátil. Consta de dos ruedas unidas por dos pequeñas plataformas, las cuales cuentan con un mecanismo de equilibrio interno, sobre las cuales el usuario está parado. El dispositivo está controlado por los pies del usuario a través de sensores.

La velocidad máxima alcanzada es de 15 km/h.

Vehículo similar al patinete eléctrico.

Segway: es un vehículo de transporte ligero  eléctrico birrueda, de dos ruedas  laterales, con autobalanceo controlado por ordenador.

Este tipo de transporte personal tiene una velocidad máxima de 20 kilometros hora.

Vehículo de uso individual similar al patinete eléctrico.

¿Cuales son los motivos por los que me pueden multar?

¿Por dónde pueden circular?

Estos vehículo podrán circular por las vías ciclistas de la ciudad. No esta permitido circular con patinetes eléctricos por:

Aparcamiento para patinetes eléctricos y convencionales.

¿Dónde se puede aparcar?

Esta totalmente prohibido estacionar en aceras y zonas peatonales.

Al mismo tiempo, tampoco podrán ser amarrados a elementos de mobiliario urbano, ya sean señales de tráfico, arboles, etc.

Son las Ordenanzas Municipales las que están regulando este tipo de infracciones por lo que es necesario consultarlas. Algunas ciudades como Barcelona o Madrid disponen de una ordenanza propia que esta regulando este tipo de infracciones con multas que pueden llegar a ser de hasta 500€.

En muchas ciudades se están habilitando aparcamientos especiales para este tipo de vehículos.

Por último, incluiremos el consejo de la DGT a la hora de comprar un patinete eléctrico:

La DGT advierte de la importancia de fijarse en las características técnicas del aparato, poniendo especial atención a la velocidad, que no puede superar los 25 km/h y que no cumplen los requisitos del Reglamento (UE) nº 168/2013.

Circular con un aparato sin que cumpla los requisitos minimos será denunciado con una sanción de 500€ y se procederá a la inmovilización y depósito del mismo.

Si han iniciado un procedimiento sancionador por una infracción de este tipo de vehículos de desplazamiento individual contacte con nosotros a traves de los diferentes medios de comunicación.

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