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Los Ayuntamientos no pueden multar por drogas 2021

Una de las cuestiones que más dudas generan es conocer quiénes son los agentes, las fuerzas  y Cuerpos de Seguridad que pueden multar por drogas.

La respuesta a esta incógnita se reduce a que todos los cuerpos encargados de nuestra seguridad están facultados para denunciar infracciones.

Un ayuntamiento no puede multar por drogas | REMULSA
Los Ayuntamiento no pueden multar por drogas. Fuente: últimahora.es

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¿Puede la policía local multar por drogas?

Según la normativa en el ámbito local, los municipales son los encargados de vigilar por la seguridad de los ciudadanos. Se trata de un cuerpo único que no existe en todos los municipios.

En este aspecto, cualquier infracción normativa que detecten originará que inicien el protocolo de actuación correspondiente.

Todo esto se traduce en que si Usted va caminando por la calle y un policía local le da el alto, deberá seguir las instrucciones, bajo sanción por desobediencia si actúa de manera contraria.

En el caso de que exista una sustancia ilegal, los policías locales no podrán multar por drogas. Según la ley, los ayuntamientos no tienen competencia para imponer multas por consumo y/o tenencia de estupefacientes en vía pública, infracción que aparece recogida en el articulo 36.16 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.

¿Qué hacer si un policía local decide multar por drogas?

Ante cualquier infracción los policías locales tienen que realizar la oportuna denuncia.

La cuestión de vital importancia es conocer quién es el organismo que va a gestionar el procedimiento sancionador.

En aquí donde se abren dos posibilidades, siendo una de ellas totalmente ilegal por recogerlo así la normativa.

La primera posibilidad es que el procedimiento sancionador sea gestionado por el Ayuntamiento al ser el policía local el que ha denunciado la infracción. Esta posibilidad es totalmente incorrecta, ya que como hemos mencionado anteriormente, los Ayuntamientos no tienen competencia para ello.

La segunda opción y la correcta, es que si un policía local, tras la entrega voluntaria o cacheo encuentra una sustancia ilegal, remita las actuaciones al organismo correspondiente. Por lo general, el organismo correspondiente para la tramitación del procedimiento sancionador por consumo y/o tenencia de estupefacientes en la Subdelegación del gobierno del lugar donde se haya cometido la supuesta infracción.

el ayuntamiento no puede multar por drogas | REMULSA
Policía local si pueden denunciar por drogas: Fuente: informacion.es

Si le ha llegado una multa remitida por el Ayuntamiento y no por la Subdelegación iniciando un procedimiento sancionador por tenencia de estupefacientes presente alegaciones dentro del plazo conferido para ello solicitando la anulación por falta de competencia.

¿Cuál es la actuación correcta de los policías locales antes de multar por drogas?

Ya hemos aclarado que los Ayuntamiento no tienen competencia para multar por tenencia de estupefacientes en vía pública y que el órgano encargado de iniciar el procedimiento sancionador es la Subdelegación del Gobierno de la provincia donde haya ocurrido el hecho.

Por lo tanto, cuando el policía local detecta una infracción por consumo y/o tenencia de drogas en vía pública, tiene la obligación de incautar la sustancia y entregar el correspondiente acta. Al mismo tiempo, tiene que informar al presunto infractor de que se le va a proponer para sanción por la infracción cometida.

Posteriormente, los agentes municipales deberán remitir las actuaciones al completo así como la sustancia a la Subdelegación del Gobierno. Con el envío de todo lo actuado, es el punto donde finaliza la actuación de los policiales locales.

En este caso, es la Subdelegación del Gobierno la que continúa con el procedimiento sancionador.

Los ayuntamientos no tienen potestad para multar por drogas | REMULSA
Subdelegación del Gobierno. Fuente: mptfp.gob.es

¿Qué hacer si ya he pagado una multa por drogas impuesta por un Ayuntamiento?

En la actualidad existen numerosas sentencias que han creado precedente en cuanto a la nulidad de las multas por consumo de estupefaciente impuestas por los Ayuntamiento por falta de competencia.

Si ha pagado una multa por drogas impuesta por el Ayuntamiento y no ha trascurrido cuatro años desde la firmeza de la sanción puede solicitar la devolución de la cantidad abonada.

Si le ha llegado una multa impuesta por un Ayuntamiento o ya la ha pagado y quiere recuperar su dinero puede contactar con nosotros a través de los diferentes medios de comunicación de los que disponemos.

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