656 414 031
Consultenos sin compromiso
 informacion@remulsa.es

Multa drogas menores de edad 2020

Las multas por drogas menores de edad son cada vez más frecuentes, desconociendo los familiares que pueden «librarse de pagarla».

Las drogas más consumidas por los jóvenes (14-18 años) son las legales (alcohol y tabaco), seguidas del cannabis y de los hipnosedantes con o sin receta médica.

El cannabis es la droga ilegal más consumida por los jóvenes. En 2018 el 33,0% había consumido en los últimos 30 días cannabis alguna vez en la vida, el 27,5% en el último año y el 19,3% en el último mes. Entre los  que consumieron en el último año, el 3,3% de los 54,1% son hombres chicos y el 1,4% de las chicas ha consumido 20 días o más.

Drogas menores de edad
Datos obtenidos del informe 2020 de alcohol, tabaco y drogas ilegales. Fuente: Ministerio de Sanidad

Los jóvenes tienen una baja percepción del riesgo asociado al consumo de cannabis, siendo además, tras el alcohol y el tabaco, la sustancia psicoactiva percibida como más disponible por esta población.

En 2018, el 2,9% de la población de 14 a 18 años ha consumido cocaína (polvo y/o base) alguna vez en la vida, el 2,4% en el último año y el 0,9% en el último mes. Se observa una tendencia descendente en el consumo, iniciada en 2004. El 97,3% de los estudiantes de 14 a 18 años piensa que consumir cocaína en polvo de manera habitual puede ocasionar bastantes/muchos problemas, percepción de riesgo que permanece estable desde 1994, al igual que permanece estable la disponibilidad percibida de cocaína.

El porcentaje de drogas menores de edad tales como anfetaminas, éxtasis y alucinógenos se mantiene en niveles bajos, aunque a partir de 2016 se ha producido un ligero repunte en las prevalencias de consumo de éxtasis y alucinógenos tras un descenso continuado desde el año 2002 hasta 2014

Contenidos

¿Qué ocurre con las multas drogas menores de edad?

La Ley 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, regula esta sanción en el art. 36.16, que tipifica como infracción grave “el consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, así como el abandono de los instrumentos u otros efectos empleados para ello en los citados lugares”.

Multa drogas menores de edad 2020
Multas drogas menores de edad. Fuente: Madridsalud

Al mismo tiempo, la Ley  anteriormente mencionada establece que la responsabilidad por las infracciones, recaerá directamente en el autor de los hechos, precisando que si éste fuera menor de 18 responderán solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden, en razón del incumplimiento del deber de prevenir la infracción administrativa que se impute a los menores.

Por otro lado, estarán exentos de responsabilidad por las infracciones cometidas los menores de catorce años.

En caso de que la infracción sea cometida por un menor de catorce años, la autoridad competente lo pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal para que inicie, en su caso, las actuaciones oportunas.

¿Puedo pagar con reducción la multa por drogas menores de edad?

Una vez notificado el acuerdo de incoación del procedimiento el interesado dispondrá de un plazo de quince días para realizar el pago voluntario con reducción de la sanción de multa, o para formular las alegaciones y proponer o aportar las pruebas que estime oportunas.

Si efectúa el pago de la multa se seguirá el procedimiento sancionador abreviado, y, en caso de no hacerlo, el procedimiento sancionador ordinario.

¿Se sustituye las multas drogas menores de edad por tratamiento?

Las multas por drogas menores de edad que se impongan por la comisión de infracciones en materia de consumo o tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas podrán suspenderse siempre que, a solicitud de los infractores y sus representantes legales, aquéllos accedan a someterse a tratamiento o rehabilitación, si lo precisan, o a actividades de reeducación. En caso de que los infractores abandonen el tratamiento o rehabilitación o las actividades reeducativas, se procederá a ejecutar la sanción económica.

Si ha recibido una notificación informándole del inicio de un procedimiento sancionador a nombre de su hijo/a menor de edad puede contactar con nosotros para conocer la viabilidad del asunto.

Deja un comentario

× ¿Cómo puedo ayudarte?