El patinete eléctrico se está convirtiendo en un medio de transporte bastante común, utilizado tanto por jóvenes como por adultos. Esto está ocasionando que se origine una normativa específica para una conducción más eficiente.
En este artículo os vamos a presentar los aspectos para tener en cuenta a la hora que circular con este medio de transporte.
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¿Es obligatorio usar casco con el patinete eléctrico?
El uso de cascos en los patinetes eléctricos era un aspecto que se recogía en la normativa municipal de algunos Ayuntamientos.
Debido a la proliferación masiva de este medio de transporte y con la idea de una unificación de normativas, este aspecto es recogido en las modificaciones de la nueva Ley de Tráfico.
La nueva Ley de Tráfico considera a los patinetes eléctricos como vehículos con casi las mismas obligaciones que las motos o los coches.
Esto quiere decir, que si no cumplimos con estas nuevas medidas, podemos ser objetivo de sanción y con ello vernos implicados en un procedimiento sancionador. Este procedimiento sancionador tendrá como objetivo el pago de una multa en función de la infracción que se haya cometido.
En cuanto al uso de casco, la nueva normativa, obliga a los usuarios de los vehículos de movilidad personal (VPM) a llevar este elemento de protección.
Recordemos que anteriormente, no era obligatorio el uso de casco ni tampoco existía una edad mínima para su uso.
¿Cuándo empiezan a multar por no llevar casco?
La nueva Ley de Tráfico no esta aún publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por lo que actualmente habría que revisar la normativa especifica del lugar donde ocurran los hechos.
Como ya hemos dicho anteriormente, existen Ayuntamientos en los que si se ha regulado este aspecto. En ciudades como Madrid y Barcelona existe una regulación específica para el uso y circulación de los patinetes eléctricos.
Con esta nueva reforma lo que se trata es de aunar criterios a la hora de sancionar las infracciones de los ciudadanos.
Por lo tanto, hasta que el Senado no ratifique estas medidas y , se publique posteriormente en BOE, no estará en vigor.
Otras prohibiciones en el uso del patinete eléctrico.
La circulación del patinete eléctrico se va acercando cada vez más a la de un vehículo en toda regla.
Como ya sabemos, con el patinete eléctrico no se puede circular ni por las aceras ni áreas peatonales. Aunque el vehículo tiene limitada la velocidad, existen zonas donde las altas afluencias de ciudadanos impiden una circulación eficaz, motivo por el que se prohíbe la circulación.
Tampoco se puede usar ni el patinete electrónico ni cualquier otro vehículo incluido dentro de los vehículos de movilidad personal en vías interurbanas, travesías, autovías ni autopistas.
Al mismo tiempo, tienen que cumplir las normas como el resto de vehículo en lo relativo al alcohol y las drogas. Los ciudadanos que circulen con un patinete eléctrico u otro vehículo de movilidad personal, está obligado a someterse la las pruebas de alcohol y drogas.
No es posible circular con una tasa de alcohol superior a la permitida ni tampoco circular con presencia de estupefacientes en el organismo. En el caso de que el resultado del informe indique positivo, nos enfrentamos a una multa de 1000.-€ y una detracción de seis puntos.
Por último, aclarar que los patinetes eléctricos y los vehículos de movilidad reducida deberán tener un certificado de circulación que especifique que este medio de transporte cumple con los requisitos técnicos.
En el caso de que haya recibido una multa relacionada con el patinete eléctrico puede ponerse en contacto con nosotros a través de las diversas formas de contacto de las que disponemos. Atendemos consultas por WhatsApp en el 656 41 40 31.