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Dudas sobre multas. Revisión 2020

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Me han notificado una multa, ¿Cuánto tiempo tengo para recurrir?

Es obligatorio que en la misma carta se indique el plazo para pagar o para presentar alegaciones.

Por lo general, suele ser de 20 días. En caso de que este dato no aparezca se estaría incumpliendo con lo recogido en la normativa y podría estimarse nula.

Me han dejado un aviso de correos en el buzón, ¿Qué pasa si no la recojo?

Cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no hallarse presente se podrá hacer cargo de la misma cualquier persona mayor de catorce años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad.

Pronto recibiremos las notificaciones y multas vía correo electrónico o SMS
EJEMPLO NOTIFICACIÓN MULTA. FUENTE: adslzone

Si nadie se hiciera cargo de la notificación se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes.

En caso de que el primer intento de notificación se haya realizado antes de las quince horas, el segundo intento deberá realizarse después de las quince horas y viceversa, dejando en todo caso al menos un margen de diferencia de tres horas entre ambos intentos de notificación.

Si el segundo intento también resultara infructuoso, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

¿Qué pasa si rechazo la notificación de una multa?

Cuando el interesado o su representante rechace la notificación de una actuación administrativa, se hará constar en el expediente, especificándose las circunstancias del intento de notificación y el medio, dando por efectuado el trámite y siguiéndose el procedimiento

¿Qué multas se pueden anular?

Todas. Es necesario que hayan sido impuestas en ámbito nacional.

Hay que valorar si las notificaciones han sido correctas y estudiar los plazos de los que disponemos. Pero en principio, todas.

Embargo por multas de la Agencia Tributaria | REMULSA
Embargo por multas desde la Agencia Tributaria. Fuente: okdiario

He presentado alegaciones, ¿Me pueden embargar?

Si, la Ley General Tributaria dice que una sanción puede ser ejecutada (embargada) antes de que se produzca su resolución.

Si posteriormente notifican una resolución estimatoria nos devolverán el dinero.

Embargo sin haber recibido nada antes, ¿ Puede recurrirse?

Si, desde la fecha del embargo y en el plazo de un mes podemos reclamar el embargo y las multas que lo origina, consiguiendo su devolución.

Si presento alegaciones ¿Cuánto puede durar el procedimiento?

Según la normativa, resolución tiene ser dictada en el plazo de un año desde que la fecha en la que se inició el procedimiento sancionador.

¿Qué pasa si presento alegaciones y no recibo contestación?

Pues habría que revisar, en primer lugar, que no hay notificaciones ni publicaciones y después ajustar los plazos para solicitar el archivo de las actuaciones.

Multa a un trabajador con el coche de empresa | REMULSA
Multa a un trabajador con el coche de empresa. Fuente: elcomercio

Han multado a un trabajador con el coche de la empresa ¿Qué hago?

Según el artículo 11 de Real Decreto Legislativo 6/2015, el titular de un vehículo tiene las siguientes obligaciones:
a) Facilitar a la Administración los datos de la persona que cometió la infracción. Los datos facilitados deben incluir el número del permiso o licencia de conducción que permita la identificación en el Registro de Conductores e Infractores del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.
Si el conductor no figura inscrito en el Registro de Conductores e Infractores, el titular deberá disponer de copia de la autorización administrativa que le habilite a conducir en España y facilitarla a la Administración cuando le sea requerida.

Si el titular fuese una empresa de alquiler de vehículos sin conductor, la copia de la autorización administrativa podrá sustituirse por la copia del contrato de arrendamiento.
b) Impedir que el vehículo sea conducido por quien nunca haya obtenido el permiso o la licencia de conducción correspondiente.

Si sus dudas no han sido resueltas con estas preguntas frecuentes, contáctenos por cualquiera de los medios existentes.

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