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Ingreso Mínimo vital. Diciembre 2021

El ingreso mínimo vital es una prestación que está destinada a prevenir la pobreza y la exclusión social de personas que viven solas o forman parte de una unidad de convivencia.

El objetivo del IMV es cubrir las necesidades básicas de personas que carecen de recursos económicos y que se encuentran sin empleo.

https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio

El órgano encargado de esta prestación es la Seguridad Social y su función radica en garantizar un nivel mínimo de rentas a los ciudadanos en situación de vulnerabilidad económica.

Ingreso Mínimo vital | REMULSA
Ingreso Mínimo Vital. Fuente: elcomercio.es

Contenidos

¿Quiénes son los beneficiarios del ingreso mínimo vital?

Las personas que tengan mínimo 23 años y que no sean beneficiarias de ninguna otra prestación, ya sea contributiva, jubilación, incapacidad, no contributiva por invalidez o jubilación.

Si estas personas solicitantes conviven junto a una unidad de convivencia se tiene que acreditar que no estén casados, no sean pareja de hecho y no formen parte de la otra unidad de convivencia.

Las personas entre 23-29 años tienen que acreditar residencia legal y efectiva en España y haber vivido de manera independientes durante al menos los tres años anteriores a la solicitud.

Las personas mayores de 30 años solamente tienen que acreditar un domicilio diferente al de sus progenitores en el año anterior.

¿Cuáles son los requisitos del ingreso mínimo vital?

Los requisitos deben cumplirse tanto en el momento de la presentación de la solicitud como en las revisiones posteriores. Al mismo tiempo, tienen que mantenerse al dictar la resolución y durante el tiempo en la que se cobra.

El primer requisito es tener residencia legal y en España. En este supuesto hay que acreditar una residencia de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a presentación de la solicitud, excepto en los casos de violencia de género, trata de seres humanos, explotación sexual y en los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.

El segundo requisito son los medios económicos. Este requisito se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada.

En los medios económicos no se incluyen como ingresos los salarios sociales, las rentas mínimas de inserción y ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.

El tercer requisito es haber solicitado las pensiones y prestaciones a las que pueda tener derecho.

La percepción de la prestación del ingreso mínimo vital es incompatible con la percepción de la asignación económica por hijo o menor acogido a cargo, sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 por 100.

Ingreso Mínimo vital | REMULSA
Simulador ingreso mínimo vital. Fuente: 20minutos.es

¿Cuánto se cobra en el ingreso mínimo vital?

La cuantía del ingreso mínimo vital para el solicitante individual es del 100 por 100 del importe anual de las pensiones no contributivas dividido entre doce. En 2021 la cuantía es de 469.93.-€.

La cuantía para la unidad de convivencia se va incrementando e un 30 por 100 por cada miembro adicional a partir del segundo. El limite máximo está en un 220 por 100.

En 2021 los importes son:

  • Familia formada por dos adultos: 610´91 euros
  • Familia formada por dos adultos y un menor o por tres adultos: 751´89 euros.
  • Familia formada por dos adultos y dos menores o por tres adultos y un menor o por cuatro adultos: 892´87 euros
  • Familia formada por dos adultos y tres o más menores o tres adultos y dos o más menores o por cuatro adultos y un menor: 1033´85 euros.
Cuantías de renta anuales para el ingreso mínimo vital.
Cuantías de renta garantizada. Ingreso Mínimo vital.

¿Cuándo se cobra en IMV?

El pago de la prestación del ingreso mínimo vital será mensual. El pago se realiza por transferencia bancaria a una cuenta cuya titularidad es del solicitante.

Si la prestación se presentó con anterioridad al 1 de enero de 2021, se cobrará con carácter retroactivo desde el día 1 de junio de 2020.

Por lo general, el pago depende de las entidades bancarias, pero en la mayoría de las ocasiones se efectúa entre los días 24 y 25 del mes.

Si quiere solicitar el ingreso mínimo vital puede contactar con nosotros a través de los diversos medios de comunicación de los que disponemos.

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