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Mascarilla obligatoria diciembre de 2021

Se ha celebrado el Consejo de Ministros en sesión extraordinaria para aprobar el Real Decreto-ley por el que se impone la mascarilla obligatoria, el uso de obligado cumplimiento en exteriores.

Esta medida urgente de prevención es una de las impuestas para frenar la crisis sanitaria ocasionada por el COVID.

El uso de la mascarilla es obligatoria con independencia de la distancia de seguridad.

Contenidos

¿Desde que día es obligatorio el uso de la mascarilla?

El pasado 23 de diciembre se celebró una conferencia de Presidentes cuyo objetivo principal era buscar  una solución al incremento de contagios originado no sólo en Europa, sino en el mundo entero como consecuencia de la aparición de la variante ómicron.

Desde que se inició la crisis sanitaria del Covid, el uso de la mascarilla ha sido obligatorio en periodos intermitentes.

En la Ley 2/21 de 29 de Marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID 19, imponía la obligación de usar mascarillas.

La mascarilla obligatoria tuvo su fin a últimos del mes de junio de 2021, cuando se obligaba a su uso sólo en interiores.

El nuevo decreto-ley impone el uso obligatorio de la mascarilla al aire libre y en espacios abiertos, salvo algunas excepcione, como por ejemplo, durante la realización de actividades de carácter deportivo.

Mascarilla obligatoria y multa por no usarla.
Mascarilla obligatoria y multa por no usarla. Fuente: deia.eus

¿Quiénes están exentos del uso de la mascarilla?

El referido decreto ley impone el uso de la mascarilla obligatoria como la única medida para controlar la sexta ola.

La normativa es de carácter temporal y estará vigente mientras la situación no mejore, teniendo por el momento carácter de indefinida.

El uso de las mascarillas obligatoria se aplicará a todas las personas que sean mayores de seis años en exteriores.

Al mismo tiempo, estarán exentos del uso de mascarillas obligatorio en personas que realicen algún tipo de deporte individual.

Deportistas exentos del uso de la mascarilla obligatoria.
Deportistas exentos del uso de la mascarilla obligatoria. Fuente: informacion.es

Otra de las actividades excluidas del uso de mascarillas obligatoria es la de pasear por espacios naturales, como el campo o la playa, siempre que se pueda garantizar una distancia de 1,5 metros entre personas.

Recordar que en cualquier espacio cerrado o cualquier espacio al aire abierto al público es obligatorio usar el cubrebocas. Al mismo tiempo, en los medios de transporte, autobuses, ferrocarril, andenes y estaciones de viajeros el uso es obligatorio.

Sin embargo, los pasajeros de embarcaciones y buques cuando se encuentren en el interior de su camarote están exentos de su uso.

Por último, las personas que presenten algún tipo de enfermedad respiratoria, pueden no cumplir con esta obligatoriedad y transitar lugares o espacios cerrados de uso público sin tener que portar el cubrebocas.

¿Cuál es la multa por no usar la mascarilla obligatoria?

El uso de la mascarilla es obligatoria en España desde el pasado 24 de diciembre de 2021.

Desde que comenzó la pandemia no siempre ha sido obligatoria el uso de la mascarilla. En junio de 2021 se suspendió el uso de la mascarilla en exteriores siempre y cuando se respetará la distancia de seguridad entre personas.

multa por no usar mascarillas
Multa por no usar mascarilla. Fuente: motorpasion.com

Esta medida no fue muy acertada ya que poco a poco ha ido aumentando el número de contagios debido también a la entrada de nuevas variantes que han obligado nuevamente a imponer estas medidas sanitarias.

El no usar las mascarillas implica el no acatar las órdenes impuestas y esto conlleva una sanción originada por infracción leve, que es la calificación jurídica de este tipo de infracciones . Las infracciones leves conllevan una multa de 100.-€.

En estos procedimientos sancionadores también se ofrece el pago reducido si el mismo se realiza durante el plazo establecido para ello.

Al mismo tiempo, también se puede presentar alegaciones si consideramos que nos encontramos dentro de alguno de los supuestos incluidos en la normativa.

Si ha recibido una multa por no usar la mascarilla obligatoria puede ponerse en contacto con nosotros a través de los diversos medios de comunicación de los que disponemos.

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