Recibir una multa por vender alcohol a menores es bastante frecuente en los pequeños comercios.
Los adolescentes de hoy en día disponen de recursos económicos tanto para poder comprar alcohol como para poder comprar sustancias ilegales como las drogas.
El consumo de bebidas alcohólicas ha experimentado un aumento destacable en su consumo junto con el consumo de drogas, especialmente en el colectivo de jóvenes y adolescentes apareciendo formas de uso de drogas y nuevos perfiles de consumidores ligados a un contexto de diversión.
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¿Cuándo se puede vender alcohol a menores?
Nunca. La respuesta a esta pregunta es rotunda y tajante, ya que la normativa no recoge ningún supuesto en el que un menor de edad pueda comprar o consumir alcohol individualmente.
Por lo general, queda prohibido la venta dispensación y suministros ya sean gratuitos o no de bebidas alcohólicas a menores de dieciocho años.
También queda prohibida la instalación de máquinas automáticas que proporcionen incontroladamente bebidas alcohólicas.
Por bebida alcohólica se entiende aquella bebida natural o compuesta cuyo contenido o graduación alcohólica sea igual superior al 1 por 100 de su volumen.
¿Puedo vender alcohol a menores con autorización de los padres?
A la hora de comprar alcohol los menores de dieciocho años buscan la manera de obtener lo que desean.
Existen situaciones en las que los menores de edad presentan en el establecimiento en el que van a adquirir la bebida alcohólica una autorización de sus padres.
En esta situación el trabajador o el titular del comercio no sabe cómo reaccionar ya que se puede considerar que si existe una autorización de los padres la venta se pueda realizar sin problemas.
Lo cierto es que la venta, dispensación y suministro de bebidas alcohólicas cualquier que sea el medio por el que se proporcione ,ya sea de carácter gratuito, está totalmente prohibido aunque exista autorización escrita de los padres del menor que quiera realizar la compra.
Por lo tanto, si un menor de edad nos presenta un permiso del padre o de la madre en el que se autoriza a comprar bebidas alcohólicas, no lo acepten y no realicen la venta ya que de lo contrario se estaría cometiendo una infracción.
Cartel prohibido vender alcohol a menores
La normativa vigente no sólo obliga a los comerciantes a no vender ningún tipo de bebidas alcohólicas a menores aunque tengan autorización, sino que al mismo tiempo esta obligado a avisarlo.
Si el comerciante dispone en su local de bebidas prohibidas para menores de dieciochos está obligado a colocar un cartel que indique “esta prohibida la venta de alcohol amenores de edad”.
Este cartel tiene que estar visible, no puede estar colocado en un lugar de difícil acceso. Por lo general, este tipo de carteles se suele colocar a la salida del local y justo donde se encuentra la zona de pago.
Si el responsable del comercio no dispone de este cartel avisador de que esta prohibida la venta de alcohol a menores también puede ser multado.
En este caso, la falta de colocación de los carteles tiene consideración de infracción leve y puede conllevar una multa de 300.-€.
¿Pueden cerrarme el local si vendo alcohol a menores de edad?
El suministro, venta o dispensación gratuito o no de bebidas alcohólicas a menores de edad tienen consideración de infracción grave.
Si el responsable del local realiza este tipo de venta a menores de edad se enfrenta a una multa de un mínimo de 601.-€.
Al mismo tiempo y dependiendo de cómo han ocurrido los hechos y la gravedad el órgano competente para resolver los expedientes sancionadores podrán adoptar durante la tramitación del mismo algunas medidas provisionales.
Estas medidas provisionales pueden ir desde la exigencia de una fianza o caución hasta la clausura provisional del local.
Si ha recibido una multa por vender alcohol a menores puede remitirnos la multa a informacion@remulsa.es para ver las posibilidades de éxito del recurso bien contactar con nosotros a través de los diversos medios de comunicación de los que disponemos.