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Gestión multa por vender alcohol 2021

150,00 IVA no incluido

Nos encargamos de la gestión de la multa por vender alcohol durante toda la vía administrativa con el único objetivo de anularla.

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Descripción

El servicio de gestión multa por vender alcohol va dirigido a quienes han sido multados por infringir las limitaciones horarias para la venta de alcohol establecidas en la normativa.

Con este servicio recurrimos la multa desde el momento en el que se la notifican hasta agotar los plazos.

Multa por vender alcohol.
Multa por vender alcohol. Fuente: as.com

Contenidos

Cobertura del servicio de gestión multa por vender alcohol

Este servicio incluye:

  • Vía administrativa y extrajudicial completa.
  • Asesoramiento personalizado, le ofrecemos un asesoramiento especializado y toda la información que precise con el único objetivo de satisfacer todas sus necesidades.
  • Presentación de alegaciones en cualquier momento del procedimiento ,es decir, si tras presentar las alegaciones en el plazo estipulado, aparecen nuevos hechos considerados importantes para una resolución favorable, los remitimos de manera inmediata para que puedan ser tenidos en cuenta.
  • Búsqueda guiada de pruebas a proponer en las alegaciones. La prueba es la actividad que permite acreditar/destruir los hechos por los cuales se ha incoado un procedimiento sancionar, de ahí, su importancia.
  • Solicitud de revisión del grado de la multa propuesta para que en caso de que tenga que efectuar el pago de la deuda la cantidad sea mínima.
  • Recursos ilimitados por cada expediente.
  • Recurso de alzada tras la resolución final.
  • Seguimiento del expediente. El seguimiento del expediente es de suma importancia, ya que una incorrecta notificación puede ocasionar una publicación en BOE sin que el interesado tenga conocimiento. Como consecuencia de esto, el procedimiento sancionador sigue su curso dejando en una posición de total indefensión al denunciado.
  • Posibilidad de indicar domicilio a efectos de notificaciones en nuestras oficinas.
  • Solicitud de archivo por prescripción de la sanción. La resolución del procedimiento sancionador incoado tiene que ser notificada dentro del plazo previsto en la normativa.
  • Alerta de notificaciones futuras por parte de los distintos organismos de notificación.

¿Es recomendable recurrir una multa por vender alcohol?

Con la contratación de este servicio obtendrá una gestión integral con el objetivo final de dejar la multa por vender alcohol sin efecto.

Existen numerosos motivos por los cuales un procedimiento sancionador incoado por infringir las limitaciones horarias relativas a la venta de alcohol puede ser archivado.

Son múltiples los aspectos que se han de revisar, los cuales ocasionan la nulidad de las actuaciones y, por tanto, del expediente.

No sólo hay que revisar los famosos defectos de forma (defectos subsanables), es decir, los errores en la escritura del nombre, la fecha de la infracción, … sino que también los que invalidan el procedimiento, como la falta de notificación.

Con la contratación del servicio de gestión multas por venta de alcohol se le garantiza un estudio pormenorizado de este tipo de cuestiones. Cada expediente sancionador es único y la defensa de sus intereses es nuestro principal objetivo.

Vender alcohol
Vender alcohol. Fuente : lavozdemichoacan

¿Cuándo debe recurrir una multa por vender alcohol?

El escrito de alegaciones tiene que presentarse cuando se haya notificado legalmente el inicio del procedimiento sancionador.

Con la contratación del servicio gestión multas por vender alcohol examinaremos si se han realizado correctamente las notificaciones, que por lo general, las realiza un Agente de Correos.

Si el Agente de Correos nos deja un aviso en el buzón, ese documento no se considera notificación ni inicio del procedimiento sancionador.

Sanción con multa por vender alcohol
Sanción con multa por vender alcohol. Fuente: elperiodicomediterraneo.com

Revisaremos igualmente, con la contratación del servicio multas de confinamiento, en el caso de que la notificación se ha hecho pública a través del BOE (Boletín Oficial del Estado) o del boletín de la provincia, si en el expediente administrativo consta la documentación acreditativa y obligatoria que indican las razones por las cuales ha sido la imposible la notificación en el del domicilio del denunciado.

Si tiene alguna duda, siempre puede consultarla con nosotros sin compromiso siguiendo cualquiera de nuestras vías de contacto disponibles.

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