Gestión multas por drogas (Actualizado 2023)
70,00€ IVA no incluido
¿Tiene Multas por drogas? Si quiere recurrir una multa por consumo y/o tenencia de drogas en vía pública nos encargamos de presentar todas las alegaciones y recursos hasta conseguir la anulación y el archivo de la misma.
Descripción
El servicio de gestión de multas por drogas va dirigido a quienes hayan sido multados por consumo y/o tenencia de estupefacientes en vía pública.
Con este servicio recurrimos la multa desde el momento en el que se la notifican hasta agotar los plazos.
Contenidos
Cobertura del servicio de gestión de multas por drogas
Este servicio incluye:
- Asesoramiento personalizado, le ofrecemos un asesoramiento especializado y toda la información que precise con el único objetivo de satisfacer todas sus necesidades.
- Presentación de alegaciones en cualquier momento del procedimiento, es decir, si tras presentar las alegaciones en el plazo estipulado, aparecen nuevos hechos considerados importantes para una resolución favorable, los remitimos de manera inmediata para que puedan ser tenidos en cuenta.
- Presentación a alegaciones y solicitud de pruebas.
- presentación de alegaciones complementarias tras conocer el resultado de la práctica de las pruebas.
- Recurso de reposición tras la notificación de la resolución.
- Recurso de alzada en los casos en los que proceda.
- Búsqueda guiada de pruebas a proponer en las alegaciones. La prueba es la actividad que permite acreditar/destruir los hechos por los cuales se ha incoado un procedimiento sancionar, de ahí, su importancia.
- Solicitud de revisión del grado de la multa propuesta. En función de si existente reincidencia en procedimientos de la misma naturaleza la multa podrá elevar su importe (artículo 33 de la Ley de Protección y Seguridad Ciudadana). El importe puede llegar a ser de 10.401€ si existe reincidencia. La posesión o consumo ilegal de drogas, sustancias psicotrópicas o estupefacientes puede suponer sanciones que oscilan entre los 601 y los 30.000 €.
- Recursos ilimitados por cada expediente.
- Seguimiento del expediente. El seguimiento del expediente es de suma importancia, ya que una incorrecta notificación puede ocasionar una publicación en BOE sin que el interesado tenga conocimiento. Como consecuencia de esto, el procedimiento sancionador sigue su curso dejando en una posición de total indefensión al denunciado.
- Solicitud de archivo por prescripción de la sanción. La resolución del procedimiento sancionador incoado tiene que ser notificada dentro del plazo previsto en la normativa.
- Alerta de notificaciones futuras por parte de los distintos organismos de notificación.
¿Es aconsejable recurrir las multas por drogas?
Con la contratación de este servicio integral de multa por consumo y/o tenencia de drogas las posibilidades de éxito son bastante elevadas.
Existen numerosos motivos por los cuales un procedimiento sancionador incoado por uso y/o tenencia en la vía pública de estupefacientes puede ser archivado.
Son múltiples los aspectos que se han de revisar, los cuales ocasionan la nulidad de las actuaciones y, por tanto, del expediente.
No sólo hay que revisar los famosos defectos de forma (defectos subsanables), es decir, los errores en la escritura del nombre, la fecha de la infracción, … sino que también los que invalidan el procedimiento, como la falta de notificación.
Con la contratación del servicio de recurso por multas de drogas se le garantiza un estudio pormenorizado de este tipo de cuestiones, ya que algunas de ellas puedan ocasionar el archivo de la multa por droga.
¿Cuándo debe recurrir sus multas por drogas?
El recurso de multas por drogas es aconsejable interponerlo cuando se ha notificado el inicio del procedimiento sancionador.
Con la contratación del servicio recurso multas por drogas examinaremos si se han realizado correctamente las notificaciones, que por lo general, las realiza un Agente de Correos.
Si el Agente de Correos nos deja un aviso en el buzón, ese documento no se considera notificación ni inicio del procedimiento sancionador.
Revisaremos igualmente, con la contratación del servicio multas por drogas, en el caso de que la notificación se ha hecho pública a través del BOE (Boletín Oficial del Estado) o del boletín de la provincia, si en el expediente administrativo consta la documentación acreditativa y obligatoria que indican las razones por las cuales ha sido la imposible la notificación en el del domicilio del denunciado.
Si tiene alguna duda, siempre puede consultarla con nosotros sin compromiso siguiendo cualquiera de nuestras vías de contacto disponibles.
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