Solicitud Ayudas y Subsidios
30,00€ IVA no incluido
Nos encargamos del estudio, búsqueda de documentación y presentación del trámite para una resolución favorable sin requerimientos posteriores de documentación, evitando la retrasos en el pago.
Descripción
Servicio destinado a la solicitud de ayudas y subsidios en general.
Los solicitantes tienen que cumplir una serie requisitos para una resolución sea favorable, dependiendo como es lógico del trámite a realizar.
Contenidos
¿Qué incluye este servicio?
Este servicio incluye:
- Estudio inicial de la probabilidad de concesión.
- Búsqueda de documentación.
- Seguimiento del expediente.
- Contestación de requerimientos.
- Solicitud de celeridad e impulso del expediente iniciado.
- Recurso contra denegación.
¿En qué consisten estas ayudas o subsidios?
Gestionamos la tramitación de ayudas económicas familiares que consisten en prestaciones de carácter temporal. Por lo general suelen ser dinerarias, pero también existen ayudas en especie.
El servicio incluye el asesoramiento personalizado y la idoneidad de la ayudas y subsidios, ya que nos hemos encontrado con situaciones en las que se pueden simultanear varias ayudas y subsidios.
¿Qué ayudas y subsidios existen en su comunidad?
El servicio gestiona ayudas y subsidios tanto a nivel nacional como provincial o local. Estos trámites, por tanto, van a depender de las distintas Administraciones.
Existen ayudas y subsidios, cuya tramitación puede gestionarla los Servicios Sociales del Ayuntamiento donde conste el empadronamiento de la persona que vaya a solicitar la ayuda.
¿Por qué no es recomendable que ciertas ayudas y subsidios las gestionen los Servicios Sociales?
Por lo general, los Servicios Sociales de los pequeños municipios conocen la situación económica real de las personas solicitantes. Si esta situación económica real es mejor que la que aparece reflejada que en la Agencia Tributaria o en otras Administraciones, no tramitan estas ayudas o subsidios.
Este servicio se encarga de presentar las ayudas con la situación económica que aparece en la Administración, es decir, si a efectos del SEPE y Seguridad Social no consta ingresos económicos el solicitante cumple los requisitos para obtener las ayudas y subsidios, con independencia de la situación económica real.
¿Qué tipos de ayudas Ayudas y subsidios están disponibles?
En la actualidad hay varias ayudas y subsidios disponibles, os detallamos algunas, pero estudiando el caso podremos indicarle cual es la que le es más favorable:
- Ayuda por hijo: Esta ayuda es la que conocemos por «la ayuda de los puntos». Es una ayuda asistencial y no contributiva, es decir, no es necesario haber cotizado previamente. El importe anual es de 341 euros al año por cada hijo, o 588 en caso de pobreza severa y se realiza en dos pagos, normalmente, en enero y en julio.
- Renta Mínima de Inserción Social. Prestación económica dirigida a familias que se encuentren en riesgo de exclusión social. Esta ayuda es una prestación mensual de 419.52.-€, como mínimo y va aumentado en función de los hijos y de las circunstancias económica de la familia.
- Esta ayuda tiene como inconveniente los largos retrasos en la tramitación y concesión, teniendo en algunas provincias un retraso de hasta un año y medio. Este servicio solicita constantemente la celeridad e impulso del expediente para una rápida concesión.
- Ayudas de alquiler. El objeto de la convocatoria es conceder ayudas para el alquiler de viviendas. Se subvenciona el 40% de la renta a inquilinos con ingresos limitados, el 50% a personas que hayan cumplido 65 años, ambas ayudas con un complemento de hasta el 75% a personas en situación de especial vulnerabilidad. Los jóvenes menores de 35 años tendrán derecho a una subvención del 50%. El alquiler mensual no puede superar 600 euros al mes.
- Ayudas autonómos Covid 19: Esta prestación puede solicitarla cualquier trabajador por cuenta propia que se vea afectado por el cierre de su negocio debido a la declaración del Estado de Alarma o cuya facturación haya caído en el mes un 75%.
- La cuantía es el equivalente al 70% de la base mínima de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o, en su caso, en el Régimen Especial del Mar, lo que supone un mínimo de 661 euros al mes.
- Además, los autónomos y autónomas que la perciban estarán exentos de pagar las cotizaciones del mes y se les computará como si hubieran cotizado.
- Ayudas y subsidios para las empleadas de hogar afectadas por el Covid19. Se podrán beneficiar de este subsidio extraordinario, las personas integradas en el Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social. En este post le ampliamos la información.
Para cualquier duda o aclaración puede contactar con nosotros sin compromisos.
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